D I S P O S I T I V A
En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara Parcialmente con lugar la demanda de Aumento de Obligación Alimentaria, incoada por la ciudadana ELISIA DEL CARMEN DIAZ CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, de ocupación oficios del hogar, titular de la cédula de identidad Nº V.- 10.874.174, domiciliada en la Urbanización Simón Bolívar, carrera 14, calle 18, casa s/n de la población de Socopó, Municipio Antonio José de Sucre, Estado Barinas; en contra del ciudadano RAFAEL ANTONIO POLO FARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 11.194.740, de profesión u oficio mensajero, domiciliado en el Barrio El Marqués, diagonal al gimnasio de la población de Socopó, .....