Este Juzgado Primero de Control de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA:
PRIMERO: Se acuerda de conformidad con lo previsto en el articulo 582 literales “b” , “c”, “d” “e” y “f” MEDIDA CAUTELAR a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY; por encontrase incursa en la presunta comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el articulo 31 segundo aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; ya que esta juzgadora consideró que los hechos se encuadran en la posesión y no el ocultamiento; siendo necesario continuar con las investigaciones y someter a la adolescente a los diversos estudios del equipo multidisciplinario de este Sistema Especializado, a los fines .....