Este Juzgado Primero de Control de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: PRIMERO: Se declara como flagrante la detención del joven quien para el momento de los hechos era adolescente: IDENTIDAD OMITIDAD DE ACUERDO A LA LEY, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTORIA Y LESIONES INTENCIONALES TIPO BASICAS, previstos en los artículos 458 Y 83 del Código Penal Venezolano vigente, 5 y 6, ordinales 1, 2, 3 y 10 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos en concordancia con los artículos 83 y 413 del Código Penal venezolano vigente, en perjuicio de los ciudadanos SANDOVAL YAQUELIN COROMOTO, PONCE PEDRAZA LUIS ALVARO y PONCE SANDOVAL LEDY YARLIS, de conformidad con los artículos 557 de la LOPNA y 248 del COPP.
SEGUNDO: SE DECRETA DE.....