DISPOSITIVA
Con fundamento en los motivos de hecho y derecho antes expuestos este Tribunal de Juicio Unipersonal de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: ABSUELVE al adolescente identidad omitida conforme a la ley, por la presunta comisión de los delitos de: HURTO CALIFICADO Y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previstos en el artículos 453 ordinal 4° y 470 ambos del Código Penal venezolano vigente, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo previsto en el articulo 602 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. SEGUNDO: Se Decreta la LIBERTAD PLENA del adolescente antes identificado y el Cese de toda medida cautelar restrictiva antes impuesta. Se Exonera el pago de costas procesales al Estado Venezolano. La Dispositiva de la prese.....