DISPOSITIVA.
Por las razones anteriormente expuestas éste Tribunal de Juicio Unipersonal de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE: Se declara penalmente RESPONSABLES a los adolescentes:IDENTIDAD OMITIDAS CONFORME A LA LEY por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, establecido en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el tráfico ilícito y consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, Y SE SANCIONAN CON LAS MEDIDAS DE LIBERTAD ASISTIDA de conformidad con lo establecido en el artículo 620 literal “d” y 626 de la Lopna, debiendo los adolescentes someterse a la supervisión, asistencia y orientación del personal adscrito al Servicio ò programa de Libertad Asistida del Inam, Seccional Barinas a partir de la presente fecha; IMPOSICI.....