DISPOSITIVA
En virtud de los motivos de hecho y derecho antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio unipersonal de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: Penalmente Responsable a los adolescentes: JUNIOR JOSÉ TORRES TORRES, indocumentado, quien dijo ser venezolano, de 18 años de edad, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido en fecha 25/10/87, hijo de la ciudadana Gladis Torres y Nicanor Torres, residenciado en el Barrio Buenos Aires, Calle Principal, Casa N° C-20, cerca de la Escuela Buenos Aires, de la población de Santa Ana, Estado Táchira y YERIAN ANILUZ RUEDA GALVIS, venezolana, de 17 años de edad, titular de la cédula de identidad numero V-18.862.597, nacido en fecha 14/03/88, hija de la ciudadana Amanda Galvis Torres y Saúl Rueda Silva, residenciada en el Barrio Juventud, Calle Quisandal, .....