por unanimidad del Tribunal Mixto, fue declarado responsable penalmente y sancionado con las siguientes medidas: Libertad Asistida, de conformidad con el artículo 620, literal “d” de la LOPNA, debiendo el adolescente someterse a la supervisión, asistencia y orientación del personal adscrito al Servicio o Programa de Libertad Asistida del INAM Seccional Barinas, ubicado en el Barrio El Molino, donde funciona la sede del Centro Diagnóstico y Tratamiento Hembras de esta Ciudad de Barinas, a partir del día lunes 07 de Marzo de 2005, a las 9:00 a.m., e Imposición de Reglas de Conducta, de conformidad con el artículo 620, literal “b” de la LOPNA, a los fines de regular el modo de vida, debiendo en consecuencia el adolescente cumplir lo siguiente: 1) Deberá someterse a la orientación psiquiátrica del equipo multidisciplinario adscrito a esta Sección Penal, a partir del día lunes 07 de Marzo de 2005, a las 10:00 a.m. 2) Prohibición de consumir o poseer sustancias estupe.....