DISPOSITIVA.
Este Tribunal de Juicio Mixto de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, por UNANIMIDAD DE LA JUEZ PRESIDENTE Y DE LAS DOS CIUDADANAS ESCABINAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara PENALMENTE RESPONSABLE al joven quien para el momento de los hechos era adolescente: identidad omitida conforme a la ley, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO (POR MOTIVOS FUTILES), previsto en el artículo 406, ordinal primero de la Ley De Reforma Parcial del Código penal, según gaceta oficial N° 5763 Extraordinaria de fecha 13-03-05, en perjuicio de la ciudadana quien en vida respondiera al nombre de CRISMELA GONZALEZ. Se sanciona con la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 620, literal "f" y 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA), por un lapso de CINCO (05) AÑOS.
Se ordenó.....