PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, fundamentada en la interpretación Constitucional con carácter Vinculante del artículo 185 del Código Civil, realizada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en la Sentencia Nº 1070, de fecha nueve (09) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), Expediente Nº 19-916 con ponencia del Magistrado Dr. Juan José Mendoza Jover, formulada por el ciudadano David Gonzalo Núñez Cancines, a través de la apoderada judicial Beatriz Virginia Hidalgo Arjona, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.559.074, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo Nº 329.453 y la ciudadana Yamileth Yolimar Montero Tovar, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.775.838
SEGUNDO: Se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ante la Oficina de Registro Civil Municipio Barinas, estado Barinas, Acta Nº 322, Folio 07.....