En mérito de las motivaciones antes expresadas este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Actuando en Sede Constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Se Declara CON LUGAR la solicitud de Amparo Constitucional ejercida por la ciudadana CARMEN CECILIA PADILLA D VIASI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.266.242, con domicilio en la Urbanización Alto Barinas, Calle Lausanne, Casa 237, de la Ciudad de Barinas; debidamente asistida por el abogado en ejercicio OMAR GATRIF EL SOUGHAYER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.711.620, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 83.624, mediante el cual ejerció la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, contra la persona jurídica de carácter privado SEGUROS CONSTITUCI.....