PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, con fundamento en la interpretación Constitucional con carácter Vinculante del artículo 185 del Código Civil, realizada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en la Sentencia Nº 693, en fecha (02) de junio del año dos mil quince (2015), Expediente Nº 12-1163, con Ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán; formulada por los ciudadanos Emili Sarai Jaimes Morales y Kinver José Galinde Paredes, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 19.784.152 y V- 22.345.152; representados por los abogados en ejercicio, Lisa Clared Carrillo Poblador y Ali Macario Rivas, debidamente inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 323.960 y 177.034, en su respectivo orden.-
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído ante por ante la Oficina de Registro Civil Municip.....