En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR LA CONVERSION EN DIVORCIO de la separación de cuerpos de los cónyuges MARIA AUXILIADORA MANOSALVA y RANCER JUNIOR GALINDO BALBUENA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.571.612 y V-16.224.487, en su orden, domiciliados en esta Población de Barinitas, Municipio Bolívar del estado Barinas, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185 en su primer aparte, del Código Civil Venezolano. SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, por ellos contraído por ante el Registro Civil de Barinitas Municipio Bolívar, estado Barinas, en fec.....