´ En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara Homologado el Desistimiento de acuerdo con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil en la Presente demanda de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES CONTENCIOSA formulada la demandante MARGARITA ROSA DE LOURDES REDONDO RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº 6.260.740, debidamente MARIA GABRIELA NATALE CASTELLANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 57.942, en contra del ciudadano RICARDO GARCIA MARTINEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº15.384.029.
SEGUNDO: Como consecuencia de la homologación del referido desistimiento del proce.....