En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara HOMOLOGADO en todas sus partes el CONVENIMIENTO TOTAL (ALLANAMIENTO) de acuerdo con lo establecido en el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil efectuado por el ciudadano JESUS ALEXI CASIQUE FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº13.012.822, parte demandada, respecto a la demanda interpuesta en su contra por la abogada en ejercicio ANA ROSA MORA RIVAS, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo Nº 156.849, en su condición de apoderada judicial de los ciudadanos: JESUS ANTONIO DAVILA CAMARGO, MANUEL EDUARDO DAVILA CAMARGO, DARLYS ADRIANA DAVILA CAMARGO venezolanos, mayores de edad.....