En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara Homologado el Desistimiento de acuerdo con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil en la Presente demanda de NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL, formulada por la ciudadana Marina Herrera Aroca, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº 17.376.932, debidamente asistida por el abogado en ejercicio Leonardo José Espinosa Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 134.641; en contra de los ciudadanos Francia Elena Giraldo Herrera y Josmanfra Giraldo Giraldo, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 12.202.227 y 24.111.152, en su orden. .....