este Juzgado Superior en lo Civil y de lo Contencioso Administrativo de la Región Los Andes, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana GLORIA MARITZA ANSELMI RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.530.947, por intermedio de sus apoderadas judiciales, Abogadas Catherine Oliveros Barrios, Karim Celis Báez e Ineye Aponte Collazo, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 31.647, 38.772 y 48.374, respectivamente, contra el MUNICIPIO SAN CRISTÓBAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
SEGUNDO: Se ordena a la parte querellada ajustar, en lo sucesivo, la pensión de la cual es beneficiaria la querellante al salario mínimo vigente, el cual deberá ser cancelado a partir del 15 de octubre de 2007 en adelante; en los términos expuestos en la motiva del presente fallo. A los efectos del cálculo a efectuarse, se ordena, c.....