SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN
DERECHO, CONFORME LOS ARTíCULO 452 Y 457 LOPNNA, désele curso por el
Procedimiento Ordinario establecido desde el artículo 450 LOPNNA. Se fija a cargo
del padre de conformidad con lo dispuesto en los artículos 05, 30, 512 Y 466-B ordinal
"a" LOPNNA y 76 Único aparte de la Constitución de Venezuela OBLIGACiÓN DE
MANUTENCiÓN, PRUDENCIAL Y PROVISIONAL en la cantidad de NOVECIENTOS
BOLlVARES (BsF. 900,00) mensuales, adicional en los meses de Agosto y Diciembre
la cantidad de DOS MIL BOLlVARES (Bs.F. 2.000,00). Notifíquese al ciudadano
CARLOS ALBERTO MORENO PARRA, venezolano, mayor de edad, C.I N° V-
13.886.611, a fin de que comparezca por ante este Tribunal para que conozca día y
hora en que tendrá lugar el inicio de la fase de mediación de la Audiencia preliminar la
cual será fijada mediante auto expreso, que se enterara compareciendo por ante este
Tribunal dentro de la última hora de despacho (02:30 p,m) del 20 día siguiente a la
cer.....