se ordena la Intimación de las ciudadanas: Rosa Mónica Susana Gunther Briones y Carmen Cecilia Gunterh de Hotmann, venezolanas, mayores de edad, domiciliadas en la ciudad de Valencia, Estado Carabobo, portadoras de las cedulas de identidad Nº 7051178 Y 7031264, anteriormente identificadas; para que comparezcan ante este Tribunal dentro de los DIEZ (10) DÍAS DE DESPACHOS SIGUIENTES A SU INTIMACIÓN, CONCEDIÉNDOSELES CUATRO (4) DIAS POR EL TERMINO DE LA DISTANCIA, para que paguen o acrediten el pago de la suma de doscientos treinta y ocho mil trescientos millones de BOLIVARES (Bs. 238.300.000), que corresponde el monto total de lo aquí demandado, o formular oposición, pudiendo acogerse dentro del mismo lapso al derecho de retasa. Compúlsese por secretaría copia certificada del escrito de intimación y del presente auto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y entréguese al Alguacil de este Tribunal, para que practique la intimación .....