IV
DECISION
Por razones antes expuestas, este Tribunal Primero Superior de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION interpuesto por la parte demandante en contra de la decisión de fecha 27 de Mayo del año 2015, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Sustanciación, Mediaciòn y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión proferida por el Juzgado Segundo de Primera Sustanciación, Mediaciòn y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas; de fecha 27 de Mayo del año 2015
TERCERO: Remítase el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la .....