En el día de hoy; lunes primero (01) de julio de 2013, siendo las diez (10:00) de la mañana, día y hora fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar; se deja expresa constancia de incomparecencia de la parte actora a la realización de la Audiencia Preliminar, solo se encuentra presente la ciudadana Abogada Yenkelly Pico titular de la cédula de identidad Nº V -15.509.222, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No 100.423 quien acude en representación de la parte demandada, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y Regístrese la presente decisión.
La apoderada de la parte demandada presente en este estado copia simple a los fines de que se le tenga como .....