En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: El ciudadano Ronal Rene Ramírez Rodríguez, se compromete en aportar la cantidad de Dos Mil Quinientos Bolívares (Bs. 2.500, oo) Mensuales, por concepto de obligación de manutención, en beneficio de sus hijos, los cuales serán depositados los Quince (15) y Treinta (30) de cada mes, a razón de Mil Doscientos Cincuenta Bolívares (Bs. 1.250,oo) quincenalmente, en la Cuenta corriente, perteneciente a la Madre de los adolescentes Ciudadana Argelia Tibisay González González, en la Entidad Bancaria "Banco Provincial", signada con el Nro. 0108-0596-17-0100094470.
SEGUNDO: Un bono especial por la cantidad de Diez Mil Bolívares (Bs. 1.....