DISPOSITIVO
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin lugar la calificación de despido intentada por el ciudadano Edgar José Chacín Benedetto, titular de la cédula de identidad Nro. V.-6.970.359. Segundo: Con lugar la persistencia en el despido manifestada por PDVSA Petróleo S.A. y consecuencia de ello, terminado el procedimiento.
Dada la anterior declaratoria, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Barinas, al primer día del mes de agosto de dos mil once. Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
La Jueza,
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