DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Control, Audiencia y Medidas Nº 01 con Competencia en Materia de Delitos Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor del ciudadano acusado ORLANDO SIMON MOLINA CHACON, Venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 13.847.053, de 35 años de edad, natural de Caracas Distrito Capital, fecha de nacimiento 06/07/1977, hijo de Catalina Chacon (V) y de Simeón Molina (F), de ocupación u oficio comerciante, residenciado: Urbanización Florentino, manzana Q-05, casa Nº 06, Barinas, teléfono 0416/2741963; por la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y VIOLENCIA FISCA, previstos y sancionados en los Articulo 39 y 42, de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, en perjuicio de YANESCA ISAM.....