DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Penal, actuando en Funciones de Control Nº 04, en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LA LEY LE CONFIERE: PRIMERO: Por considerar que están llenos los requisitos del Articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, decreta la Aprehensión como Flagrante del Imputado: ALEJANDRO HERRERA HIDALGO. SEGUNDO: Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Preventiva de Libertad al Imputado: ALEJANDRO HERRERA HIDALGO, venezolano, titular de la Cedula de Identidad N° 9.262.744, natural de Barinas, Estado Barinas, nacido en fecha 08-09-63, de 47 años, estado civil soltero, ocupación u oficio asesor tecnico, hijo Leonor Herrera (V) y Alejandro Herrera (F) residenciado en la Urbanización Domingo Ortiz de Páez, sector 1, vereda 5, casa n° 07, de esta ciudad de Barinas del Estado Barinas, teléfono 0414-5205384, por la presunta comisión de los delitos de:.....