´En mérito de los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la DEMANDA POR CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA VENTA DE VEHÍCULO intentada por el ciudadano Yhonny Alberto Rodríguez Lameda, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.770.177, en contra del ciudadano Edgar José Hernández Guerrero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.540.979. SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la RECONVENCIÓN POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA VENTA DE VEHÍCULO incoada por el ciudadano Edgar José Hernández Guerrero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.540.979, en contra del ciudadano Yhonny Alberto Rodríguez Lameda, venezolano, mayor de .....