En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, con sede en Socopó, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SE DECLARA COMPETENTE POR LA MATERIA para conocer de la presente demanda por PARTICIÓN DE COMUNIDAD, incoada por la ciudadana BENEDICTA SOSA GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nro. V-9.181.264, en contra del ciudadano JOSE RAMON MOLINA MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nro. V-4.953.922.
. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil y a los fines de los Ordinales 3° y 9° del artículo 92 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Cir.....