PRUEBAS ADMITIDAS:
Del Ministerio Público: Todas las ofrecidas en su escrito acusatorio.
De la Defensa: Ambas defensoras niegan, rechazan y contradicen en todos sus términos la acusación fiscal ejercida contra sus defendidos y, a todo evento, hace suyas las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público en todo lo que beneficie a los acusados.
Se ordena la apertura del juicio oral y público.
Se emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco días, contados a partir de la notificación del presente auto, concurran ante el juez de juicio respectivo.
Se instruye a la secretaria para que remita al tribunal competente y en la oportunidad procesal la documentación de las actuacion