Con fundamento en los motivos antes expresados, como consecuencia de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley actuando en Sede Constitucional declara CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional incoado por los abogados Juan Pedro Manrique López y Arturo Camejo López, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 08 de mayo del año 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en el expediente Nª 271-03 de la nomenclatura interna de ese Tribunal.
SE DECLARA LA NULIDAD de la sentencia de fecha 08 de mayo del año 2008, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial .....