DECISION
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACION al desistimiento del procedimiento en contra de la firma personal CLUB CAMPO MOBIL ,representada por la ciudadana NELLY JOSEFINA MÁRQUEZ MONCADA, titular de la cédula de identidad Nº V.- 3.764.929. En tal sentido, se ordena proceder como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada en cuanto al escrito constante de uno (01) folio útil de fecha: veintisiete (27) de febrero de 2013, y que corre inserto al folio veintidós del presente expediente. Se ordena el cierre y archivo definitivo del presente expediente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada, en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, M.....