DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el presente decreto en los siguientes términos:
PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer de la presente solicitud de Medida Autónoma de Protección a la Producción Agroalimentaria.
SEGUNDO: Declara CON LUGAR LA MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCION A LA PRODUCCION AGROALIMENTARIA, ejercida sobre el predio denominado "EL JUNQUITO", ubicado en el sector Gaufita, parcelas de Capitanejo, Parroquia Pedro Briceño Méndez del Municipio Ezequiel Zamora del estado Barinas, con un extensión de aproximadamente de VEINTINUEVE HECTAREAS CON OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS, (29 has con 8362 m2) aproximadamente, cuyos linderos son: Norte: Carretera Principal que Conduce a Suripá, Sur: Con terrenos que son o fue.....