DISPOSITIVA
En consecuencia por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados, éste Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control No 03 de éste Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: CONDENA al acusado, LUIS ALÍ BUSTAMANTE, venezolano, mayor de edad, 33 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-14.172.507, natural de las Parcelas de Capitanejo estado Barinas, trabajador de la finca, Elodina Bustamante (F), desconoce al padre, residenciado en la Parcela de Capitanejo, casa de color azul, cerca de un dispensario, Barinas estado Barinas a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRESIDIO, como autor del delito de Robo Simple previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, en perjuicio del Ciudadano Alirio José Pernía Guerrero. SEGUNDO: Por cuanto el acusado se encuentra Privado de Libert.....