para declararlos como Titulo Asegurativo al derecho que les asiste a los ciudadanos: JAIRO DE JESUS ARAQUE GALVIS y BELKY JOSEFINA GONZALEZ de ARAQUE, venezolanos, mayores de edad, casados entre si, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.449.606, y 4.263.968, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de quién en vida se llamara: JAIBEL KARINA ARAQUE GONZALEZ.- Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Déjese constancia en el libro Diario.
La Juez Temporal,
Abg. Linda Musali.
La Secretaria,
Abg. Mercedes Santiago.