Por lo que este Tribunal de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Decide: 
PRIMERO: Se repone la causa al estado de dictar nuevamente el auto de Decreto de Medidas Preventivas, a los fines de su motivación.-
SEGUNDO: Se declara la nulidad de todo lo actuado dentro del Cuaderno de Medidas con posterioridad al auto de fecha 08 de junio de 2004. 
TERCERO: Se ordena la notificación de las partes, haciéndoles saber que a partir de la última de las notificaciones que se practique, sea cual fuere el orden en que las mismas se verifiquen, comenzarán a correr los lapsos para solicitar aclaratorias o ampliaciones de la misma así como para ejercer los recursos legales que fueren procedentes 
                         PUBLIQUESE, NOTIFIQUESE  Y REGISTRESE
Dado, firmado y sellado en la sala del Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Es.....