PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la presente recusación.
SEGUNDO: Se declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO en la recusación efectuada por el ciudadano José Ramón España Márquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.268.841, actuando como representante legal de la empresa Agropecuaria Boralito S.A, contra el abogado YOAN JOSE SALAS RICO, quien fuera Juez Provisorio del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas; por cuanto fue separado de su cargo en fecha 30 de Septiembre de 2022, tal como in extenso se explicó en la motivación del presente fallo.
TERCERO: Se ordena remitir mediante oficio las presentes actuaciones al Tribunal de la causa. Líbrese oficio.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas, a los dos (02) días del mes de Junio del año Dos Mil Veintitrés (2023).