En mérito de las consideraciones antes expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Declara PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de Rectificación del acta de matrimonio signada con el Nº Uno (1), de fecha 24 de octubre de 1992, inscrita en el libro de Matrimonio Civil del extinto Juzgado del Distrito Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, hoy día Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, solicitada por la ciudadana: YSLEY YAMIL GALVIS ORTIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.188.852, debidamente asistida por el abogado en ejercicio ALEJANDRO JOSÉ DÍAZ ANDARÁ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 177.268, ambos debidamente identificado.....