D I S P O S I T I V A
En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia actuando en función de Control Nº 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, C O N D E N A: al acusado Enrique Alexander Cordero, venezolano, natural de Barinas, de 22 años, dice ser titular de la cedula de identidad N° V- 18.559.992, soltero, hijo Ramona del Carmen Cordero (v) y de padre desconocido, analfabeto, de oficio Caletero, y residenciado en el barrio Mi Jardín, Etapa 4, calle 4, casa N° 333 del Estado Barinas, por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto y sancionado en el articulo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio de la Salubridad Publica, a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS DE PRISIÓN. De igual forma cumplirá las penas accesorias contenidas en el Artículo 16 del Código.....