PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer del presente recurso de apelación.
SEGUNDO: Declara DESISTIDA LA APELACIÓN, interpuesta el 15 de junio de 2010, por el abogado Rafael Antonio Rivas Hernández, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.696.532, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 105.506, en su condición de Defensor Público Primero Agrario del Estado Mérida, en representación judicial del ciudadano HERLES ANTONIO GUTIÉRREZ, contra la sentencia proferida el 08 de junio de 2010, por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
TERCERO: Como consecuencia de la anterior declaratoria se CONFIRMA la decisión dictada el 08 de junio de 2010, por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción judicial del Estado Mérida.
CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de tal decisión.
Publíquese y Regístrese de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Pr.....