DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara: Primero: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por el Abogado Jameiro José Aranguren Piñuela, Defensor Privado de los dos acusados Mario Johan Díaz Ortega y de Erick Estefano León Lara, condenados por el por el Tribunal 3° de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, a la pena de Trece (13) años y cuatro (4) meses de prisión, por la comisión del delito de Violación Sexual en Grado de Coautores, previsto y sancionado en el artículo 43 en concordancia con el artículo 65 Nº 05 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a Vivir una Vida Libre de Violencia, en relación con el artículo 83 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana Natasha Carolina Villareal Núñez. Segundo: Se confirma la sentenc.....