DECLARA: Firme la ejecución de DESALOJO del bien inmueble objeto de la misma, identificado plenamente en auto, previa experticia de su ubicación exacta, asiéndole formal y legalmente entrega del bien debidamente desalojado en este acto en manos del apoderado del demandante en autos, libre de personas y cosas. DECRETANDOSE el cumplimiento fielmente con la sentencia de fecha 27-04-15, Nº 1.666-06, de conformidad con el artículo 253 Constitucional en concordancia con los artículos 273, 526 y 528 del Código de Procedimiento Civil, quien recibe conforme en este acto, sin objeción alguna. Así mismo; se ordena expedir copia simple a la consejera de protección y a los funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana y funcionario Policial, igualmente expídase copias certificadas del acto de ejecución y remitirla mediante oficio al Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de La Circunscripción Judicial del Estado Barinas, mediante oficio. SEGUIDO: El Tribunal, de.....