DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la presente demanda.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la demanda por NULIDAD ABSOLUTA, DE ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIO, interpuesta por el ciudadano DAVID EUSTACIO PARADA PAREDES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.791.530, actuando en este acto con el carácter de Socio de la Empresa Pecuaria y Agrícola Los Naranjos C.A, asistido por el abogado en ejercicio JOSE JOAQUIN TORO SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.991.668, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 66.420, en contra de la EMPRESA PECUARIA Y AGRÍCOLA LOS NARANJOS C.A, ubicada en la Hacien.....