Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: Parcialmente Con lugar la demanda incoada por la ciudadana Yexeli Dayana Linarez C., titular de la cédula de identidad número V.-23.562.189 contra la sociedad mercantil Auto Partes La Fortaleza, C.A.
Segundo: Se condena a la demandada al pago de la cantidad de cincuenta y tres mil ochocientos veintinueve bolívares con ochenta y siete céntimos (Bs. 153.829,87) más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo.
Dada la anterior declaratoria, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada del fallo.