En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, formulada por el profesional del derecho Benjamín Labrador Márquez, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 198.922, quien actúa como apoderado del ciudadano: VÍCTOR JORGE NOVA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.369.190, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos VÍCTOR JORGE NOVA Y FANIRIS ORTEGA DE NOVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-9.369.190 y V-15.659.077, respectivamente; por ante La Primera Autoridad Civil de la Parroquia Libertad, municipio Autónomo Machiques de Pe.....