En este estado el JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ROJAS Y SOSA DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, vista la posición asumida por la progenitora en la negación irreversible de entregar el niño, y por cuanto se establece que no están dadas las condiciones para la ejecución de lo ordenado por el comitente, decide aceptar la propuesta cordada por las partes y con el visto bueno del equipo multidisciplinario. No habiendo otra diligencia que practicar el tribunal acuerda regresar a su sede de origen siendo las 10:10am. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
FDO. EL JUEZ, EL ABOGADO ACTOR, EL DEMANDANTE, LA DEMANDADA, LA COMISIÓN DE LA GUARDIA NACIONAL, AGENTE DE LA POLICIA ESTADAL, EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO, EL SECRETARIO.