REVOCA POR INCUMPLIMIENTO, LA MEDIDA CAUTELAR, acordada en fecha 17-03-08, al acusado ALISSON ISAAC VILLEGAS ARIAS , venezolano, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.826.080, soltero, lugar de nacimiento Barinas Estado Barinas, profesión u oficio obrero, trabaja en un auto lavado "El Parquecito", grado de instrucción Quinto Grado, fecha de nacimiento 26/03/1989, hijo de Yhajaira Arias (V) y José Domingo Villegas, residenciado Barrio Mi Jardín, Calle N° 06, Casa N° 2-99, cerca de "La Bodega las Tres J" , Barinas Estado Barinas, por la comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Venezolano Vigente, y ASALTO A TRANSPORTE PÚBLICO, previsto y sancionado en el artículo 357 ultimo aparte del Código Penal, en perjuicio del Ciudadano Cerafin Ochoa Ruiz. Se acuerda librar Orden de Aprehensión al acusado, a los fines de proseguir el proceso, se ordena oficiar al Cuerpo de Investigaciones Cientí.....