En mérito de las motivaciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: se declara CON LUGAR, la demanda de cobro de costas (honorarios profesionales de abogados), causados en procedimiento judicial de acción mero declarativa de reconocimiento de unión concubinaria, intentada por la ciudadana: Elena Plaza Escalona, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.362.252. Así se decide.
SEGUNDO: se declara desistido o renunciado el derecho de retasa, de conformidad con el artículo 28 de la Ley de abogados. Así se decide.
TERCERO: se declara firme la estimación hecha por la parte demandante ciudadano ERLIS OSCAR MONSALVE VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.486.88.....