DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SOSA Y ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, y de conformidad a lo pautado en el artículo 509 de Código de Procedimiento Civil, por cuanto quedó demostrada la filiación de la cónyuge y de los hijos solicitantes con el causante antes identificado, en consecuencia:
PRIMERO: Se DECLARA CON LUGAR la solicitud de DECLARACION DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De-cujus CARLOS LUIS ABREU, quien era venezolano, mayor de edad, y era el titular de la cédula de identidad Nº V- 8.995.546, quien falleció el día 13 de mayo de 2021 en el cual falleció ab intestato, en la Clínica Varyna C.A , bajo el numero 3758370, insertada en el registro civil de la Parroquia Libertad, Mu.....