Se Declara: Admisible el Recurso de Apelación interpuesto por los abogados Iris Yolanda Gavidia y Arturo Escobar, en su condición de defensores privados, en contra de la decisión dictada en fecha 24 de enero de 2013, por el Tribunal Segundo de Juicio de éste Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, mediante la cual negó el decaimiento de la medida al acusado Livio Rafael Vela Valero, por el delito de Secuestro Agravado en Grado de Complicidad, previsto y sancionado en el artículo 3 en relación con el artículo 10 numerales 3, 8, 12 y 16 y en concordancia con el artículo de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión; y se acordó publicar la decisión dentro de los diez (10) Días siguientes a la publicación del presente auto.