Dado el anterior pronunciamiento, mal puede establecer el recurrente que la Juez del Tribunal Aquo haya incurrido en error de interpretación de la norma, ya que bajo sus alegatos tergiversado, en relación a la causa pretendi, en modo alguno desnaturalizó el sentido que diere lugar a desconocer el significado de las normas, leyes aplicadas al caso en concreto, pues por el contrario reconoció la existencia y la validez de la norma apropiada al caso, aplicando su alcance general, lo que hace derivar las consecuencias de su contenido; Y ASI SE DECIDE.