En este estado este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel Zamora y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA, formal y legalmente Secuestrado Preventivamente el bien mueble antes señalado y descrito por la parte demandante. Hace formal entrega de dicho bien a la Depositaria Judicial Provisional designado, para su guarda y custodia, quien deberá guardarlo y cuidarlo como un buen Padre de Familia. En este estado el ciudadano Abogado; CARLOS EMILIO CASTELLANOS CARREÑO, ya identificado con el carácter acreditado en autos solicito el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: " recibo en este acto el vehiculo Secuestrado preventivamente y solicito a este honorable Tribunal se deje bajo la guardia y custodia del Depositario Provisional designado y juramentado al efecto, solicitud que hago a fin de evitar mayores gastos al demandad.....