DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el dispositivo Oral del Fallo en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer el presente asunto.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR, la demanda por ACCIÓN POSESORIA POR PERTURBACIÓN A LA POSESIÓN AGRARIA, que sigue el ciudadano JESÚS MANUEL GUERRERO CHACÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.370.283, representado judicialmente por los abogados en ejercicio CARLOS GREGORIO SANCHEZ ALBORNOZ Y CESAR FERNANDO OBREGON CARDENAS, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.018.127 y 12.552.797, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 65.434 y 172.094 en contra de la ciudadana: MIRIAN DEL CARMEN CHACON, venezolana, mayor de edad, titular de la C.....